Con relación al pluralismo en la información en el Glosario sobre Regulación de Servicios Públicos y Materias Conexas, escrito por Jesús Antonio García Ríos, se toma en cuenta al momento de redactar el concepto la modificación del parlamento italiano del año 2002.
"El pluralismo, la objetividad, la totalidad, la imparcialidad de la información, la apertura a las distintas opiniones, tendencias políticas, sociales, culturales y religiosas, el respeto a la libertad y al derecho garantizado en la Constitución, representan el principio fundamental del sistema radio televisivo, que se realiza con el concurso de sujetos públicos y privados bajo el sentido de la presente Ley.
Para la Comisión Parlamentaria italiana que ejerce la dirección general y la vigilancia del servicio radio televisivo, el pluralismo está contemplad expresamente en la Ley como un principio fundamental, evitando la subordinación a partidos, poderes e intereses particulares".
El libro, editado por la Cátedra Allan R. Brewer-Carías de Derecho Administrativo de la Universidad Católica Andrés Bello, es el primero que permite rápidamente despejar dudas, tanto a los usuarios como a los prestadores de servicios, sobre alguna de los doscientos seis entradas registradas. Algunas de ellas se refieren a los servicios públicos en sí y otras son la relacionadas con esta densa materia que es estudiada en gruesos tomos en las escuelas de derecho.
¿Cuál es la utilidad e importancia de este glosario?
Es una herramienta de consulta rápida y fácil para gente que trabaja en el área de servicios públicos y entes de regulación, y estudiantes de derecho, quienes pueden de forma rápida y directa conocer el termino que les interesa.
¿En que momento comenzó la investigación?
Cuando estaba en plena investigación estaba próximo el referéndum para aprobar la Constitución. Hice un análisis asumiendo que iba a ser aprobado, que es lo que todos pensábamos. Ya estaba la obra en el taller y pasó lo que pasó, para alegría de todos, el 2 de diciembre, tuve entonces que hacer un trabajo de corrección, lleno de ánimo, por supuesto. Hice entonces una especie de análisis, de alerta, sobre los servicios públicos en el supuesto de que se hubiese aprobado la reforma de la Constitución.
¿De dónde le nació el interés por hacer este glosario?
Tengo toda mi vida profesional trabajando vinculado al área de servicios públicos. Por doce años fui consultor jurídico de la Electricidad de Valencia, le doy hoy en día asistencia jurídica a Calife, la empresa de energía eléctrica de Puerto Cabello. Siempre he estado muy vinculado a la Cámara Venezolana de la Industria Eléctrica y formando parte de Eleval tuve oportunidad de participar de grupos de trabajos que presentaron en ese entonces proyectos al Ejecutivo proyectos para la promulgación de una Ley del Servicio Eléctrico. Es decir, siempre he estado en esto y me ha parecido un campo de posibilidades que no ha sido lo suficientemente explicado.
¿Cómo logra publicar el libro a través de la cátedra de la UCAB?
Me reuní con la gente de la Editorial Jurídica Venezolana y ellos tienen una colección dentro de la cátedra. Tienen un consejo editorial que analiza la obra y de parte de ellos hubo mucho interés y respaldo al glosario. Además lo publicaron con mucha rapidez porque fue una investigación que, en principio, iba a ser publicada en diciembre del 2007, pero por los eventos políticos del país, se decidió diferir unos meses su salida.
¿La nueva realidad venezolana obligó a incluir términos como, por ejemplo, cooperativa?
Tienes toda la razón. Aparte de esa entrada que mencionas hay otras que no hubiesen interesado en un glosario de servicios públicos en otro momento. Por ejemplo, el bien común, que está muy relacionado con los fines superiores del Estado. Está el pluralismo, que no es concretamente servicio público, y otros tantos términos tienen mucho que ver con la circunstancia que vivimos.
La persona acuciosa que además requiera analizar algún termino va a encontrar que hay una postura critica, no para oponerse a una iniciativa oficial, sino que analiza cuál es la realidad de ciertas situaciones, de acuerdo a lo que vivimos hoy en día. Es un valor agregado a la obra.
Por ejemplo, en materia de energía eléctrica, hay una Ley de reciente promulgación mediante la cual se crea la corporación eléctrica nacional y absolutamente todas las empresas de energía eléctrica quedan comprendidas dentro de esta organización estatal. Allí están tanto las empresas publicas como las privadas eficientes, como fue el caso de Electricidad de Caracas y Electricidad de Valencia.
¿Que representa eso para los usuarios del servicio?
Que vamos a estar frente a un inmenso monopolio que además es estatal y nosotros, como usuarios, somos muy pequeños, ante la presencia de esa empresa. El hecho de que la empresa sea del Estado, que la actividad de servicio publico sea asumida por el Estado, nunca ha sido sinónimo de competencia, de eficiencia; por el contrario, en ese aspecto vamos a retroceder. Vamos de una manera distinta a la que ha impuesto la dinámica en sociedades más avanzadas donde el Estado, por supuesto, tiene una actividad muy intensa de control de los servicios públicos, pero ha reconocido el derecho que tienen los particulares de desarrollar esas actividades en un régimen de competencia, que terminan beneficiando al usuario que lo que requiere es un buen servicio, una tarifa adecuada y un margen de satisfacción aceptable.
¿Se tendrá acceso a este glosario en forma digital?
Sí. No lo hemos definido todavía pero lo más seguro que sea a través de un blog diseñado de tal manera que no solo se pueda vaciar el contenido del glosario sino mantenerlo actualizado e interactuar con los interesados.
Es una idea que bien podría interesarle a alguna Alcaldía...
Absolutamente, porque las alcaldías tiene competencia directa con todo o que tiene que ver con los servicios públicos.
¿Por qué el servicio público es tan vital aunque así no se asuma?
Es una materia importante y dinámica porque si no eres prestatario de un servicio público, con toda seguridad se es usuario de muchos servicios públicos. No sólo los convencionales (electricidad, aseo, agua) sino otros que se demandan como los medios de comunicación; cuando se va a obtener la cédula, el pasaporte, la licencia de conducir; cuando vamos a construir un inmueble y se va a ingeniería municipal para que estudien tus variables. Uno conoce poco de lo que son los derechos y deberes inherentes al servicio público. Familiarizarse con todos estos términos es parte de la preparación que nos corresponde tener como ciudadanos.
Si algo hemos aprendido de todas estas contrariedades que estamos viviendo es que nos ha obligado ser un poco más profundos y más densos.
¿Cuál es el término más importante que hay en este glosario para Venezuela?
El bien común, porque es un objetivo primordial del Estado. No solo está impregnado por nociones jurídicas sino por bases filosóficas, de carácter moral y ético, que hacen que la actividad del Estado se vea en una dimensión trascendente, de tal forma que las distintas operaciones materiales del Estado realmente estén orientadas hacia el bienestar, la seguridad, la justicia y la equidad. Aspiramos todos que las políticas de Estado estén influidas por valores morales, éticos, que determinen la acción de los gobernantes.
Junior García Ríos es egresado como abogado en la Universidad de Carabobo y realizó un postgrado en Ciencias Políticas en La Sorbone, París. Ha realizado además numerosos estudios y participado en programas del IESA y es docente de las cátedras de Derecho Romano I y Derecho Administrativo II en la Universidad Arturo Michelena.
El libro ya se encuentra en bibliotecas, en la librería del Colegio de Abogados y en las universidades a nivel nacional
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